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Logra Lorena Ruíz aprobación de la reforma a favor de la legítima defensa para mujeres

Logra Lorena Ruíz aprobación de la reforma a favor de la legítima defensa para mujeres

· Aprueba Congreso de Tlaxcala acreditar la legítima defensa a mujeres víctimas de violencia.

Durante la vigésima sesión ordinaria de la LXIV legislatura local, la diputada presidenta de la Comisión de Equidad de Género y Contra la Trata de Personas, Lorena Ruíz García; presentó ante la máxima tribuna, la iniciativa para reformar la Ley que Garantiza el Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

La legisladora local, detalló que el objetivo de esta iniciativa es, que no haya más mujeres en prisión por defender su vida; dado que las mujeres que logran defenderse de un ataque y en consecuencia hieren o asesinan a su agresor, se enfrentan a un sistema de justicia que lejos de considerarlas víctimas, las criminaliza, y no toma en cuenta los contextos de violencia que viven.

Ruíz García, precisó que ésta es una herramienta para las y los juzgadores, que ya tienen la obligación de sentenciar con perspectiva de género, desde la investigación que realizan los Ministerios Públicos, hasta el proceso ante jueces o juezas.

Cabe destacar, que la iniciativa que fue aprobada por unanimidad y destaca la armonización con el Código Penal Federal, respecto a la legítima defensa de manera generalizada, debido a que la legítima defensa fue pensada para hombres, por lo que se está agregando supuestos que en los que una mujer sea la víctima o esté en riesgo de ser víctima de violencia física, sexual o feminicida “y que en el mejor de los casos se pueda defender, porque sabemos que una mujer ante la agresión de un varón está en una abismal desventaja”, señaló la legisladora.

La diputada Lorena Ruíz García, refirió que de esta manera se dan resultados para evitar que quienes han logrado defenderse, vaya a prisión acusada de cometer un delito.

Todo lo anterior, a través del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman las fracciones IV y VII del artículo 28 y se adiciona el párrafo segundo articulo 89, ambos del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala y la adición de un párrafo tercero recorriendo el orden actual al siguiente, al articulo 47 de la Ley que Garantiza el Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el Estado de Tlaxcala.

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